Ruidos molestos

CONVIVENCIA  •  DESCANSO  •  RESPETO ENTRE VECINOS

No todo sonido cotidiano constituye una infracción. Sin embargo, un ruido puede denunciarse cuando, por su intensidad, duración, repetición, horario o lugar, perturba notoriamente la tranquilidad o el descanso de la comunidad.

1. Canales municipales para reportar una situación que está ocurriendo:

1425 - Central de Seguridad Municipal

SOSAFE - Aplicación de reporte georreferenciado

133 - Carabineros

2. Lo esencial

Los ruidos de viviendas —por ejemplo fiestas, gritos, reuniones, mascotas, electrodomésticos o reparaciones— pueden ser fiscalizados por la Municipalidad de Conchalí cuando alteran notoriamente la tranquilidad o el descanso.

Para un hecho que está ocurriendo, reporte a la Central Municipal 1425 o mediante SOSAFE. Si además existen amenazas, agresiones, riñas o una alteración grave del orden, corresponde solicitar la presencia de Carabineros.

Los ruidos de negocios, talleres, locales, iglesias, obras de construcción u otras fuentes productivas pueden quedar sometidos al Decreto Supremo N°38 y a la fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

En Conchalí, las conductas ruidosas y las fuentes móviles pueden denunciarse y sancionarse sin una medición sonométrica previa. Una aplicación de celular no reemplaza una medición oficial cuando ésta sea necesaria.

3. ¿Qué se entiende por ruido molesto?

La ordenanza de Conchalí prohíbe causar o provocar ruidos, permanentes u ocasionales, que, considerando la hora, el lugar, la intensidad, la duración o la repetición, perturben notoriamente la tranquilidad y el reposo de la población o puedan causar daño a la salud.

Ejemplos habituales:

  • Música, bajos o televisión a un volumen que se escucha claramente dentro de las viviendas vecinas.
  • Fiestas, reuniones, gritos o conversaciones sostenidas que impiden dormir o descansar.
  • Ladridos o aullidos persistentes y repetitivos de mascotas.
  • Alarmas que permanecen activadas por un tiempo excesivo.
  • Reparaciones domésticas o uso de herramientas de forma reiterada y en horarios que afectan el descanso.
  • Parlantes, música o presentaciones en la vía pública sin autorización municipal.
  • Maquinaria de talleres, locales comerciales, obras de construcción o actividades de servicios.

NO TODO RUIDO ES UNA INFRACCIÓN

La conversación normal, pasos, juegos breves o actividades domésticas ocasionales forman parte de la vida cotidiana. La autoridad evalúa el contexto: intensidad, duración, repetición, horario, lugar y número de personas afectadas.

4. ¿Se puede denunciar durante el día?

Sí. El horario diurno no da permiso para producir cualquier nivel de ruido. Un sonido intenso, persistente o repetitivo también puede ser denunciado a las 11:00, 15:00 o 19:00 horas. Durante la noche, además, el descanso recibe una protección más estricta en la normativa aplicable a fuentes reguladas.

5. ¿Qué norma se aplica?

ORDENANZA DE CONCHALÍ

  • Ruidos propios de viviendas: fiestas, voces, reuniones, mascotas, electrodomésticos y reparaciones.
  • Actividades en la vía pública, alarmas, bocinas y otras conductas o fuentes móviles.
  • Fiscalizan inspectores municipales y Carabineros de Chile.
  • Las conductas ruidosas pueden denunciarse sin medición sonométrica previa.

DECRETO SUPREMO N°38

  • Fuentes productivas, comerciales, de entretención, servicios, construcción e infraestructura.
  • Establece límites técnicos de emisión según zona y horario.
  • La Superintendencia del Medio Ambiente fiscaliza su cumplimiento.
  • En una Zona I residencial, la referencia es 55 dB entre 07:00 y 21:00 y 45 dB entre 21:00 y 07:00; otras zonas tienen límites distintos.

Importante: los valores de 55 y 45 decibeles no son una regla universal para toda discusión, fiesta o ruido doméstico. Esos límites forman parte de la evaluación técnica de determinadas fuentes reguladas por el D.S. N°38.

6. ¿Qué sanciones pueden aplicarse?

La Ordenanza de Medio Ambiente y Aseo Comunal establece multas entre 0,5 y 5 UTM. El Juzgado de Policía Local debe considerar, entre otros aspectos, la reincidencia, la cantidad de personas afectadas y la alteración producida. Las conductas ruidosas se califican inicialmente como infracciones leves, pero la reiteración o el incumplimiento de medidas puede agravar la situación.

 7. Ejemplos: ¿qué hago en cada caso?

Fiesta a las 02:00 horas con música que se escucha en varias casas

Reporte de inmediato al 1425 o por SOSAFE. Si hay riñas, amenazas, agresiones o desórdenes graves, solicitar a Carabineros.

Música muy fuerte todos los días a las 16:00 horas

También puede denunciarse. Que sea de día no elimina la obligación de respetar la tranquilidad de los vecinos.

Taller que usa compresores o maquinaria de manera constante

Reportar a la Municipalidad e ingresar denuncia formal. Por tratarse de una fuente productiva fija, también puede corresponder una denuncia ante la SMA.

Obra con maquinaria en un horario no autorizado

Reportar al municipio para que verifique permisos, horarios y medidas de control de ruido.

Perro que ladra o aúlla de forma persistente durante horas

Reportar al 1425 o SOSAFE. Si el problema se repite, ingresar denuncia formal para fiscalización municipal.

8. Cómo hacer un reporte claro y útil

Entregue información concreta. Esto ayuda a que la central municipal o la autoridad ubique el problema y decida la respuesta adecuada.

  • Dirección exacta o referencia: Calle, número aproximado, esquina o inmueble desde donde proviene el ruido.
  • Tipo de ruido: Música, gritos, maquinaria, ladridos, alarma, bocina, trabajos u otro.
  • Hora de inicio y duración: Señale si está ocurriendo en ese momento y cuánto tiempo lleva.
  • Frecuencia: Primera vez, todos los fines de semana, diariamente o en horarios determinados.
  • Efecto en la comunidad: Por ejemplo: impide dormir, interfiere con el estudio o se escucha dentro de varias viviendas.
  • Riesgos asociados: Informe si existen riñas, amenazas, consumo en la vía pública, daños u otra situación que requiera a Carabineros.

EVITE EXPONERSE

No confronte a una persona agresiva, no ingrese a propiedades ajenas y no se acerque a una riña. Cuando exista riesgo, entregue la información a la autoridad y manténgase en un lugar seguro.

9. Preguntas frecuentes

¿Necesito medir los decibeles con el celular?

No para realizar el reporte inicial. En Conchalí, las conductas ruidosas y fuentes móviles pueden denunciarse sin medición sonométrica. Para fuentes sometidas al D.S. N°38, la medición válida debe efectuarse conforme al procedimiento técnico oficial.

¿Conviene hablar primero con el vecino?

Cuando sea seguro y exista una relación respetuosa, una conversación breve puede resolver el problema. Si hay agresividad, reiteración, riesgo o una fiesta en desarrollo, reporte directamente a la autoridad.

¿Qué pasa si el ruido termina antes de que llegue el móvil?

Anote fecha, hora, duración y frecuencia. Si el problema se repite, ingrese una denuncia formal para que exista seguimiento municipal.

¿La denuncia formal puede ser anónima?

La presentación por Oficina de Partes debe ser una carta firmada. La ordenanza señala que la Municipalidad debe tratar las denuncias con la debida reserva, sin perjuicio de las exigencias del procedimiento.

10. Alcance de esta guía

Este documento es informativo y busca facilitar la convivencia y el uso correcto de los canales de denuncia. La calificación definitiva de los hechos y la aplicación de sanciones corresponden a las autoridades competentes.


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